La Municipalidad de Berisso, a través de la
Dirección de Cultura informa que está abierta la convocatoria para emplazar un
monumento a la memoria del trabajador de la carne. A continuación se detallan
las bases y condiciones del mencionado concurso.
Articulo 1°: la Municipalidad
de Berisso, a través de la dirección de cultura, llama a concurso público de
antecedentes y proyectos para erigir un monumento
a la memoria del trabajador de la carne.
Artículo 2°: de los
objetivos:
2.1. Tema: la obra deberá constituir un
reconocimiento a aquellos que con su trabajo y dedicación como trabajadores de
la carne, han marcado profundamente la vida laboral, política, cultural y
social de Berisso, la provincia de buenos aires y la nación toda.
2.2. Ubicación: la obra se emplazará en el
parque cívico, cerca del mástil que perteneció al club trabajadores de la
carne, en lugar asignado por la dirección de planeamiento de la municipalidad
de Berisso.
2.3. Dimensiones:
la obra no deberá exceder los 3
metros de alto por 1,50 metros anchos y
por 1,50 metros
de fondo, excluyendo la base.
2.4. Materiales:
la obra podrá realizarse en: piedra, granito, chapa metálica, bronce
fundido, madera o cualquier otro material noble apto para garantizar su
resistencia a las condiciones climáticas, observando la máxima perdurabilidad
posible en el tiempo.
2.5. Plazo
de finalización: el tiempo de entrega y finalización de la obra no podrá
exceder los tres (3) meses de haber sido seleccionado y notificado el ganador.
2.6. Insumos:
los proveerá la municipalidad de Berisso, de acuerdo a lo presupuestado en
el punto 4...3.6.
2.7. Ejecución: la obra la ejecutará el artista, y en caso de ser necesario la
municipalidad de Berisso le proveerá personal para que lo ayude.
Articulo 3°: de los
participantes:
Podrán participar
escultores y artistas plásticos locales, mayores de edad.
Articulo 4°: de las
presentaciones
4.1. Las propuestas
serán recibidas en la dirección de cultura en días hábiles de 9 a 19 hs. hasta el 31 de julio
de 2014.
4.2. Los
participantes podrán concursar con un (1) solo proyecto.
4.3. Cada
presentación deberán incluir:
4.3.1. Datos
personales y currículum vitae, en carácter de declaración jurada.
4.3.2. Nombre de la
obra, descripción, fundamentos y justificación de la misma, presentadas en no
más de cinco (5) páginas a4, letra arial 12, a doble espacio.
4.3.3. Bocetos
parciales y/o totales de la obra, realizados con técnicas y dimensión libre,
uso o no de color y en la cantidad que el autor considere necesario para la
compresión de su propuesta.
4.3.4. Una maqueta
como mínimo, realizada en una escala adecuada que no sobrepase las medidas
máximas de un (1) metro x un (1) metro en proyección horizontal, observando
proporcionalidad respecto de la altura máxima de la obra.
4.3.5. Todas las
plantas, planos, perspectivas y demás elementos de juicio que se consideren necesarios para una mejor
apreciación de la propuesta...
4.3.6. Presentación
estimativa del presupuesto total de la obra.
4.3.7. Programa de
ejecución por etapas, incluyendo en cada una de ellas: a) descripción de las
tareas a realizar, b) tiempos de ejecución, c) costos parciales y totales.
4.3.8. La dirección
de cultura extenderá un recibo de presentación consignando el nombre del autor,
la cantidad de elementos componentes de la misma y la fecha. Cada presentación recibirá un número de orden
con el que se identificará a todos los
elementos que la componen.
4.4. Durante todo
el desarrollo del concurso, desde la recepción hasta la finalización de la
selección y devolución de los trabajos que no hayan sido premiados, la
dirección de cultura velará por la buena conservación de los elementos
recibidos, pero no se responsabilizará por el deterioro, pérdida, extravío, robo,
hurto, destrucción incendio, daños causados por cosas, personas o terceros u
otra causa que los afecte.
4.5. Todos los
gastos de embalaje y traslados para entrega y devolución de las presentaciones,
correrán por cuenta y responsabilidad de quienes envíen los trabajos.
Articulo 5°: del jurado.
5.1. Estará
integrado por un (1) representantes del
poder ejecutivo municipal, un (1) representantes del honorable concejo deliberante de Berisso,
un (1) representantes de la escuela de arte de Berisso, un (1) representante de
la mutual “10 de junio” de Berisso y un (1) representante de la federación de
entidades de bien público de Berisso.
5.2. El jurado
deberá expedirse dentro de los treinta (30) días del cierre de la inscripción.
5.3. Sesionará con
un quórum de tres (3) miembros y emitirá dictamen por simple mayoría del total
de los integrantes del cuerpo.
5.4. Si a su juicio
se necesitaren aclaraciones de las presentaciones, podrá llamar a entrevista a
los concursantes; como así también declarar el concurso desierto, parcial o
totalmente, si a su juicio las obras presentadas no reunieran los méritos
necesarios y suficientes para hacerse acreedoras del premio establecido.
5.5. El
incumplimiento por parte de los concursantes de una o más condiciones establecidas en estas bases, faculta al
jurado a no tomar en consideración tales obras.
5.6. Todas sus
decisiones serán inapelables.
Artículo 6°: de las
distinciones
6.1. Las
distinciones instituidas para el
presente concurso son las siguientes:
Premio: la suma de pesos veinte
mil ($ 20.000) al ganador, en un cheque
al portador del banco provincia, sucursal Berisso y la realización del monumento acorde a lo
presupuestado.
6.2. Menciones especiales: a consideración
del jurado, consistentes en diplomas de honor.
6.2.3. para
cualquier modificación, alteración, agregado o supresión que fuera necesario
realizar al proyecto ganador, luego de la adjudicación del premio y en el
transcurso de su realización definitiva, se deberá contar con la conformidad
previa y expresa de la dirección de cultura, sin la cual no se podrá ejecutar
ningún cambio.
6.2.4. la
adjudicación del premio y/o de la obra definitiva otorga amplia facultades a la
dirección de cultura para disponer de los bocetos, maquetas y documentación
correspondientes, para su exhibición, reproducción, por cualquier medio y
difusión, sin limitación alguna, así como de los derechos que deberá ceder el
autor como condición del premio y/o realización del monumento. En consecuencia
el autor no podrá hacer por su cuenta,
para sí o para terceros, copias de la obra, salvo que posea autorización
expresa de la dirección de cultura.
Articulo 7°: condiciones
generales
7.1. Cualquier
situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por la dirección
de cultura y su decisión es inapelable.
7.2. La dirección
de cultura se reserva, por el término de un (1) año a partir del acto resolutivo aprobatorio del
dictamen del jurado, el derecho de realizar exposiciones con la totalidad o
parte de los proyectos presentados, en lugares y fechas a determinarse.
7...3 la sola
presentación de los participantes a este concurso implica la aceptación de este
reglamento en todas sus partes.
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