El proyecto presentado por Cerruti y suscripto por las y los legisladores Edgardo Forn, María Rachid, Delia Bisutti, Aníbal Ibarra y Rafael Gentili considera que con su aprobación permitirá “saldar una vieja deuda de la democracia con la producción independiente y autogestiva de comunicación cultural a través de un reconocimiento a las publicaciones que han permitido expresar una multiplicidad de voces, producciones y realidades”.
La norma destaca que serán consideradas “’publicaciones de carácter independiente y autogestiva’ aquellas que no pertenecen a empresas o sociedades que desarrollen otras actividades con fines comerciales, con excepción de las actividades que tengan como finalidad sostener la edición de la publicación cultural”.
La ley de promoción crea el Registro de Editoriales Independientes y Autogestivas de la Comunicación Cultural (REdIACC) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para llevar adelante el control de las inscripciones de las publicaciones que podrán acceder a los futuros beneficios. La inscripción será gratuita y podrá realizarse en cualquier momento, “sin ser un requisito obligatorio para el funcionamiento de las editoriales en el ámbito de la Ciudad”, aclara el proyecto.
Las publicaciones que deseen inscribirse deberán estar constituidas como cooperativas, asociaciones civiles y/o pequeñas y medianas unidades productivas; y acreditar anualmente la edición de un mínimo de dos publicaciones en serie continua con un mismo título a intervalos regulares. Mientras que las editadas en formato digital deberán acreditar una actualización como mínimo mensual. Además, la norma indica que los datos “deberán actualizar cada año en el período establecido por la autoridad de aplicación”.
De acuerdo al artículo 9 del proyecto de ley, se constituirá el Fondo para la Producción Independiente y Autogestiva de Comunicación Cultural, a través del que se otorgarán “subsidios para inversiones productivas” de las editoriales inscriptas y se fomentará la constitución de nuevas publicaciones mediante un concurso anual. El Fondo será financiado con el 12 por ciento de los recursos recaudados en concepto de contribución por publicidad.
En este sentido, los fundamentos de la norma sostienen que “además de reconocerlas como patrimonio cultural porteño, resulta fundamental consagrar un régimen de promoción y fomento que les permita continuar desarrollándose en el sector, a la vez que incentivar la creación de nuevas editoriales y publicaciones”.
El proyecto de ley también impulsa líneas de créditos del Banco Ciudad con un régimen especial para las producciones de comunicación cultural independiente y autogestiva, y “respetando criterios de equidad en la distribución de publicidad oficial”, busca que el Ejecutivo porteño asigne “publicidad oficial” a las publicaciones inscriptas en el RedIACC. Además, el proyecto contempla la difusión de las revistas culturales en el circuito de Espacios Culturales porteños y la promoción, y divulgación en los medios de comunicación públicos porteños.
Las y los legisladores firmantes del proyecto presentado ayer en la Legislatura fundamentaron que la norma se ajusta a lo establecido en el artículo 32 de la Constitución porteña, que sostiene que ”la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras. Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística y prohíbe toda censura; facilita el acceso a los bienes culturales; fomenta el desarrollo de las industrias culturales del país; propicia el intercambio; ejerce la defensa activa del idioma nacional; crea y preserva espacios; propicia la superación de las barreras comunicacionales”.
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